Los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) han publicado recientemente en el Registro Federal la ’Norma definitiva sobre la reforma de los requisitos para los centros de cuidados de larga duración». La implantación de esta norma se llevará a cabo en tres fases a lo largo de 2019. Entre los temas principales de la norma se incluyen la atención centrada en la persona, la formación del personal (especialmente en lo que respecta a la demencia y la prevención del maltrato a las personas mayores), la planificación de los cuidados, la planificación del alta, el control de infecciones y los derechos de los residentes.
La primera fase, que entró en vigor el 28 de noviembre de 2016, incluye numerosos aspectos relacionados con los servicios de alimentación y nutrición. El apéndice PP del Manual de Operaciones del Estado y las etiquetas F (normativa federal sobre residencias de ancianos) ya se han actualizado con la nueva redacción correspondiente a esta primera fase. Cabe señalar que el sistema de numeración de las etiquetas F se mantendrá sin cambios durante esta fase inicial de la normativa.
Para ayudarte a elaborar las políticas y procedimientos adecuados que permitan cumplir con esta norma, a continuación te ofrecemos un resumen de los cambios que probablemente afectarán más a tu departamento de servicios de alimentación y nutrición.
Etiquetas «F» directamente relacionadas con la restauración
F284 El equipo interdisciplinar debe comenzar a planificar el alta desde el momento del ingreso, lo que incluye la evaluación de los objetivos del residente.
F360 El nombre de esta sección ha pasado de ser “Servicios de alimentación” a “Servicios de alimentación y nutrición”. Además del cambio de nombre, esta sección se ha actualizado para centrarse en satisfacer las preferencias de cada residente.
F361 Se detallan los requisitos y plazos específicos que debe cumplir el director de Servicios de Alimentación y Nutrición en caso de que no se cuente con un dietista u “otro profesional de la nutrición con cualificación clínica” contratado a tiempo completo. Deben cumplirse los requisitos estatales para los responsables de servicios de restauración o de alimentación. Consulte los recursos de la ANFP que figuran a continuación para obtener más información.
F362 Un miembro del personal de los servicios de alimentación y nutrición debe formar parte del equipo interdisciplinar. Se han añadido las palabras “de forma segura y eficaz” antes de “desempeñar las funciones del servicio de alimentación y nutrición”. (Véase también F280)
F363 En cuanto a los menús y la adecuación nutricional, aquí tienes las últimas novedades:
- Aclare que se utilizarán las directrices nacionales establecidas para garantizar que los menús satisfagan las necesidades nutricionales. La versión anterior indicaba que los menús debían ajustarse a las ingestas diarias recomendadas (RDA) de la Junta de Alimentación y Nutrición del Consejo Nacional de Investigación de la Academia Nacional de Ciencias.
- Exige que se realicen los esfuerzos razonables necesarios para garantizar que los menús se ajusten a las necesidades religiosas, culturales y étnicas de los residentes. Asimismo, especifica que se debe recabar la opinión de los residentes.
- Establecer que los menús se actualicen periódicamente y sean revisados por personal autorizado.
- Destaca el derecho de los residentes a tomar decisiones personales.
F364 Esta sección se ha ampliado para incluir las necesidades de hidratación y las preferencias en cuanto a bebidas. El texto incluye una nueva referencia a “una temperatura segura y apetecible” para los alimentos y las bebidas.
F366 Se enumeran los requisitos específicos para atender las alergias, intolerancias y preferencias en cuanto a alimentos y bebidas. Las opciones para quienes soliciten una alternativa de comida deben ser “atractivas”, y se añade esa palabra clave. En esta sección también se hace hincapié en las bebidas, incluida el agua, para mantener la hidratación.
F367 El médico responsable podrá delegar la tarea de prescribir la dieta de un residente a un dietista colegiado o con licencia, en la medida en que lo permita la legislación estatal, y siempre bajo la supervisión del médico. (Véase también F390)
F368 El principal cambio que se destaca aquí es que se deben ofrecer comidas o tentempiés alternativos a los residentes que soliciten comer fuera de los horarios habituales o programados. Estas opciones deben ajustarse a sus preferencias y ser coherentes con el plan de cuidados.
F369 Se debe prestar la ayuda adecuada a las personas que utilicen dispositivos de apoyo durante las comidas y los tentempiés.
F371 En esta sección se aclaran tres puntos clave:
- Los alimentos procedentes de productores locales deben cumplir la normativa estatal y local aplicable.
- Los productos de los huertos propios deben manipularse de forma segura.
- Los residentes pueden traer comida de fuera. Es necesario establecer una normativa sobre el uso y el almacenamiento de dichos alimentos.
F373 El equipo interdisciplinar se encarga de evaluar la necesidad de contar con un asistente de alimentación, y los motivos que justifican el uso de un programa de asistencia en la alimentación deben reflejarse en el plan de cuidados.
F520 Para la fase 3 debe estar en marcha un programa de garantía de calidad y mejora del rendimiento (QAPI). En esta sección se analiza, entre otras cosas, si la comunidad cuenta con personal formado (incluido el de los servicios de alimentación y nutrición) en cómo comunicarse con los residentes con demencia y cómo abordar sus comportamientos. (Véanse F495, F497, F498)
Recursos adicionales
Registro Federal “Reforma de los requisitos para los centros de cuidados de larga duración“
Centros de Servicios de Medicare y Medicaid “Modificaciones al Manual de Operaciones del Estado (SOM), Apéndice PP: Normativa revisada y etiquetas”
Formación para inspectores de CMS “Fase 1: Aplicación de la nueva normativa sobre residencias de ancianos para los prestadores de servicios”
Academia de Nutrición y Dietética “Consejos prácticos: Requisitos de la reforma para los dietistas registrados (RDN) en centros de cuidados de larga duración“


